
El contrato con Adidas viola el estatuto y por lo tanto es ilegítimo.
El Art. 71 del Estatuto establece: "Contratar arrendamientos o concesiones en forma directa, previo concurso de precios y calidad y por un plazo no mayor de dos años; en arrendamientos o concesiones cuyo plazo exceda de dos años mediante licitación pública y ad-referéndum de la Asamblea de Representantes"
El contrato que se trató arranca el 1 de Enero de 2009 y vence a los 6 años o sea el 31 de Diciembre de 2014, pero contiene una opción de prórroga a favor de Adidas hasta el 31 de Diciembre de 2016.
Si el acuerdo con ADIDAS fuese tan excelente como dice la COMISIÓN DIRECTIVA ¿Por qué se violó el estatuto y se omitió la licitación pública?